La publicación de la Circular 3/2020, en enero de 2020, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, cambió la metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad, modificación que alertamos tendría efecto sobre la factura. A finales de la semana pasada, el Ministerio de Transición Ecológica y el Reto Demográfico lanzó a consulta pública el proyecto de orden ministerial donde se establecen los cargos del sistema eléctrico y de los pagos por capacidad.
La información contenida en el proyecto, que nos hemos detenido en estudiar, permite sacar algunas interesantes conclusiones para el sector doméstico.
En publicaciones anteriores, habíamos indicado que, en el ámbito doméstico, una tarifa competitiva suele ser la que ofrece el mercado regulado – conocida como PVPC -, con discriminación horaria (tarifa 2.0DHA), por lo que la hemos tomado como referencia en nuestro breve análisis. Adicionalmente, siempre habíamos sugerido la necesidad de realizar un pequeño estudio de la potencia demandada, con el objetivo de realizar los ajustes necesarios para evitar excesos en el término fijo de la factura.
La nueva normativa marca el fin de la discriminación horaria opcional, creándose tres tramos (punta, llano y valle) para la parte regulada de la factura de todos los consumidores (tarifa 2.0 TD). La unificación del peaje de acceso es aparentemente una buena noticia, pues evita la discriminación entre consumidores según sus conocimientos de la regulación, sin embargo, aquellos que realizaron en su momento una contratación eficiente, acogiéndose a la PVPC con discriminación horaria, pierden ahora las ventajas económicas que obtuvieron entonces, ya que el precio anunciado para el período punta (P1) es enormemente caro. Se ha conseguido igualar a todos los consumidores, sí, pero en las peores condiciones, lo que supondrá un aumento de la parte regulada de la factura cercano al 10 %.
El precio inusualmente elevado de las horas punta “P1” tiene también una parte positiva. El P1 incluye las horas de máxima insolación diaria, por tanto, aquellos consumidores que dispongan de una instalación solar fotovoltaica se beneficiarán especialmente del autoconsumo, evitando emplear la energía de la red durante las horas más caras del día.
En el otro extremo, el período valle “P3”, que incluye las horas nocturnas – de las 00.00 hasta las 08.00 horas – se anuncia muy barato, lo que beneficiará a aquellos consumidores que desplacen sus consumos a este horario, especialmente aquellos que disfruten de un vehículo eléctrico, que podrán dejar cargando durante las horas de descanso.
Sin lugar de dudas, los precios de los períodos P1 y P3 pretenden ser un estímulo para la transición energética. A pesar de ello, viendo las características de la factura doméstica, cabe preguntarse quién se beneficiará de estos cambios tarifarios. En la actualidad, sólo los ciudadanos con rentas medias o altas se pueden plantear las inversiones necesarias para aprovechar las posibilidades de estas nuevas tarifas de acceso (vehículo eléctrico, fotovoltaica etc.), en consecuencia, por el momento, el sobrecoste de la transición energética lo asumirá el consumidor común, sin obtener un beneficio directo aparente.